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Ley Karin: asesoría
y cumplimiento

Acompañamiento a empresas y trabajadores en la correcta aplicación de la Ley Karin, prevención del acoso laboral y cumplimiento normativo, con un enfoque práctico, confidencial y orientado a resultados.

Abogado especialista en ley karin

¿De qué se trata la Ley Karin?

La ley 21.643 o ley Karin, tiene como objetivo erradicar y prevenir el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo. Para ello impone a los trabajadores la obligación de abstenerse de realizar conductas constitutivas de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo. Por su parte, los empleadores, además de abstenerse de las conductas mencionadas, deben implementar protocolos internos para prevenir el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, y contar con canales de denuncia y procedimientos de investigación adecuados que deben ser informados semestralmente.

¿Qué debo saber sobre la Ley Karin?

Obligaciones del empleador

  • 1) Contar con un protocolo de prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo.
  • 2) Contar con un canal de denuncia adecuado, seguro y confidencial.
  • 3) Contar con un procedimiento de investigación que respete los principios establecidos en la Ley 21.643.
  • 4) Informar semestralmente sobre los canales de denuncia, las prestaciones sociales entregadas por el organismo administrador de la ley 16.744, y las conductas constitutivas de acoso y violencia en el trabajo.
  • 5) Resguardar la confidencialidad y los derechos fundamentales de todas las personas involucradas en los procedimientos de investigación.
  • 6) Incorporar, según corresponda, en el Reglamento Interno o en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, las medidas antes mencionadas.

Conductas reguladas en la Ley Karin

  • a) Acoso sexual: Cualquier requerimiento de caracter sexual, no consentido por quien lo recibe, realizado por cualquier medio, que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
  • b) Acoso laboral: toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
  • c) Violencia en el trabajo: Ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las trabajadoras y a los trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros.

Etapas de la investigación

  • ✓ Denuncia.
  • ✓ Instrucción.
  • ✓ Informe con conclusiones.
  • ✓ Notificación.
  • ✓ Sanciones.

Derechos de los trabajadores

Los trabajadores involucrados en un procedimiento de investigación (denunciante, denunciado y testigos) tienen derecho a que se respeten todas sus garantías constitucionales, por lo tanto, los antecedentes aportados deben mantenerse bajo estricta confidencialidad. Por lo anterior, es importante que se respete el debido proceso y todas las partes sean oídas, permitiéndoseles que aporten las pruebas necesarias para respaldar su versión de los hechos.

¿Qué ocurre si no se cumple la Ley Karin?

El incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley Karin puede dar lugar a sanciones administrativas, fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo, responsabilidad del empleador y, en determinados casos, acciones judiciales destinadas a proteger los derechos de los trabajadores.

Nuestros servicios

Brindamos asesoría jurídica estratégica, preventiva y personalizada, orientada a proteger los intereses de trabajadores, empresas y organizaciones.

Asesoría y acompañamiento a trabajadores

Asesoría técnica para trabajadores involucrados en un procedimiento de investigación.

Cumplimiento laboral para pymes

Diagnóstico, documentación y acompañamiento mensual para reducir riesgos legales.

Implementación Ley Karin

Protocolos, investigaciones y capacitación obligatoria para cumplir correctamente la normativa.

¿Necesita implementar la Ley Karin o enfrentar una denuncia?

Ya sea que necesite implementar correctamente la normativa, enfrente una denuncia por acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo, o requiera representación durante una investigación, podemos ayudarle a proteger sus derechos y cumplir adecuadamente con la legislación vigente.

Preguntas frecuentes sobre Ley Karin

Respondemos algunas de las consultas más habituales relacionadas la Ley Karin.

¿Cómo se presenta una denuncia en el marco de la Ley Karin?

La denuncia puede presentarse cuando un trabajador estime haber sido víctima de acoso laboral, acoso sexual o violencia en el trabajo. Dependiendo del caso, podrá formularse a través de los canales establecidos por el empleador o directamente ante la Inspección del Trabajo. Es recomendable que la denuncia describa los hechos de manera clara, indicando fechas, personas involucradas y cualquier antecedente que permita su adecuada investigación.

¿Cómo se desarrolla una investigación conforme a la Ley Karin?

Una vez recibida la denuncia, el empleador debe iniciar el procedimiento correspondiente, adoptando medidas que resguarden a las personas involucradas y desarrollando una investigación imparcial, objetiva y confidencial. Durante el proceso pueden recopilarse documentos, declaraciones y otros antecedentes que permitan esclarecer los hechos y determinar si existió una infracción a la normativa.
También el empleador puede remitir los antedentes a la Inspección del Trabajo, dentro de los 3 días de recibida, para que sea este organismo quien realice la investigación. En cualquier caso debe tomar las medidas de resguardo necesarias.

¿Qué debe contener un protocolo de prevención?

Los empleadores deben contar con un protocolo destinado a prevenir el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Este documento debe contemplar medidas preventivas, mecanismos de denuncia, procedimientos de investigación, acciones de resguardo y medidas destinadas a promover ambientes laborales respetuosos y libres de violencia.

¿Las empresas están obligadas a realizar capacitaciones?

Sí. La normativa contempla la obligación de informar y capacitar a trabajadores y empleadores respecto de las medidas de prevención, los procedimientos de denuncia y las obligaciones establecidas por la Ley Karin. La capacitación constituye una herramienta fundamental para fortalecer una cultura organizacional basada en el respeto y la prevención de conductas indebidas.

¿Existen plazos para investigar una denuncia?

Sí. La Ley Karin establece el plazo de 30 días para el desarrollo de las investigaciones, con el propósito de garantizar que los hechos sean esclarecidos oportunamente y que las medidas de protección no se dilaten innecesariamente. Cumplir estos plazos resulta esencial para asegurar un procedimiento eficaz y conforme a la normativa vigente.

¿Qué consecuencias puede tener el incumplimiento de la Ley Karin?

El incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley Karin puede generar fiscalizaciones por parte de la Dirección del Trabajo, la aplicación de sanciones administrativas y, en determinados casos, responsabilidad judicial para el empleador. Además de las consecuencias legales, una gestión inadecuada de denuncias o investigaciones puede afectar el clima laboral y la reputación de la organización.
Si necesita asesoría para implementar la Ley Karin, elaborar protocolos, desarrollar investigaciones internas o evaluar una denuncia, puede solicitar una consulta para recibir orientación jurídica especializada.

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